REGLAS DE LA HERMANDAD DEL MUSEO
TÍTULO IV
DE LOS ACTOS DE PIEDAD Y CARIDAD
CAPÍTULO I
De los actos de piedad
Sección 2ª. Culto externo: la Cofradía
REGLA 84
Siguiendo con la tradición establecida desde la fundación de esta Hermandad, será la obligación de la misma efectuar estación de penitencia con sus imágenes Titulares a la Santa Iglesia Catedral. Este acto tendrá lugar el Lunes Santo, sin que por ello la Hermandad haga renuncia al lugar y día que por antigüedad le corresponde entre las Cofradías sevillanas.
REGLA 85
En la tarde de dicho día y a la hora y por el itinerario señalado, esta Real Hermandad se constituirá en Cofradía para efectuar la estación de penitencia que se ordena en la Regla anterior.