En Sevilla a 26 de Junio de 2023
Estimadas/os Hermanas/os en Cristo:
El pasado día 22 de junio la Junta de Gobierno reunida en Cabildo de Convocatoria de Elecciones acordó la convocatoria de Cabildo General Ordinario de Elecciones abierto para el jueves 26 de octubre de 2023, a las 18.00 h. en primera convocatoria y 18.30 h. en segunda.
El orden del día del Cabildo General Ordinario de Elecciones se fija de la siguiente forma:
De igual forma se procedió al nombramiento de los hermanos que conforman la Comisión Electoral y que será la encargada de velar por el correcto desarrollo del proceso electoral.
Como consecuencia de todo ello y para dar cumplimiento a cuantas normas dispuestas en nuestras Reglas y Ordenanzas, así como en las Normas Diocesanas para Hermandades y Cofradías que regulan el proceso electoral, se procede a exposición del conocimiento general del censo de hermanos, cuyos datos personales de cada cual pueden ser consultados por los mismos en las dependencias de la Capilla de 11:00h. a 13:30h. y de 19:00h. a 20:30 h. días laborables de lunes a sábado, los domingos de 11:00h. a 11:30h., desde el día 26 de junio hasta el día 25 de julio, ambos inclusive, plazo éste que es conjunto de consulta así como de interposición de las posibles reclamaciones o rectificaciones que los hermanos puedan efectuar en referencia a sus datos personales.
Igualmente se recuerda que una vez aprobado el censo definitivo de hermanos el día 28 de julio y hasta el día 26 de septiembre, será el plazo dentro del que podrán presentarse las candidaturas en la Secretaría de la Hermandad.
Por otra parte, como consecuencia de la nueva regulación del voto por correo fijada en las Normas Diocesanas, aquellos hermanos que deseen ejercer su derecho a voto mediante esta modalidad han de reunir uno de los siguientes requisitos:
1.-Que acrediten su estado de enfermedad mediante un certificado médico oficial.
2.-Que sean residentes fuera de la ciudad de Sevilla y así conste en el censo de la Hermandad.
En ambos casos, es necesaria la constancia en el censo de hermanos, del número de DNI o documento equivalente ya que en el caso de que éste no conste, solo se podrá ejercer el voto personalmente y nunca por correo.
El procedimiento para ejercer válidamente el voto por correo será:
En el supuesto de ejercerse el voto presencialmente es necesario que los hermanos acrediten su personalidad mediante el correspondiente DNI. Sólo son válidos los votos depositados en sobre, conteniendo la papeleta de una de la/s candidatura/s presentada/s, o papeleta en blanco. Tanto los sobres como las papeletas serán las facilitadas por la Hermandad ese mismo día. Serán nulos aquéllos que no reúnan los requisitos del párrafo anterior, así como cualquier papeleta que tenga tachadura, enmienda o modificación.
Vº. Bº. EL HERMANO MAYOR EL SECRETARIO PRIMERO
Fdo. Juan María Toro Guillén Fdo. Francisco J. Blanca Rodríguez